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dc.contributor.authorFaraldo-Cabana, Patricia
dc.date.accessioned2024-07-02T19:39:04Z
dc.date.available2024-07-02T19:39:04Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.citationFARALDO-CABANA, P., 2022. Orden europea de vigilancia y derecho de información de la víctima. En: GÓMEZ MARTÍN, V., BOLEA BARDÓN, C., GALLEGO SOLER, J.-I., HORTAL IBARRA, J. C. e JOSHI JUBERT, U. (dir.); VALIENTE IVÁÑEZ, V. e RAMÍREZ MARTÍN, G. (coord.). Un modelo integral de derecho penal. Libro homenaje a la profesora Mirentxu Corcoy Bidasolo. Madrid: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, pp. 1495-1503. ISBN: 978-84-340-2848-7.es_ES
dc.identifier.isbn978-84-340-2848-7
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/2183/37662
dc.description.abstract[Resumen]: En este trabajo nos centraremos en la tutela del derecho de información de la víctima de violencia de género en los casos en que el presunto agresor (en adelante, el investigado o encausado), un extranjero o español no residente en España, sometido a una medida cautelar personal, solicita o consiente su reconocimiento mutuo para proceder al cumplimiento en el Estado miembro de su residencia o cualquier otro que designe (y que le acepte). Para conseguir el traslado es aplicable la Decisión Marco 2009/829/JAI del Consejo, de 23 de octubre de 2009, relativa a la aplicación, entre Estados miembros de la Unión Europea, del principio de reconocimiento mutuo a las resoluciones sobre medidas de vigilancia como sustitución de la prisión provisional (DO L 294, 11 de noviembre de 2009, pp. 20-40, en adelante la Decisión Marco), cuya transposición al Ordenamiento jurídico español ha tenido lugar mediante la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea (en adelante, la Ley 23/2014). El Título V de esta Ley se dedica al reconocimiento mutuo de la resolución sobre medidas de vigilancia de la libertad provisional, para permitir que un Estado distinto al que impuso la medida de vigilancia pueda supervisar su cumplimiento cuando así le sea solicitado y siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos. Se introduce así en el Ordenamiento jurídico español la llamada orden europea de vigilancia (European supervision order).es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherAgencia Estatal Boletín Oficial del Estadoes_ES
dc.rightsReconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional, (CC BY-NC-ND 4.0).es_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/*
dc.subjectDerecho de información de la víctimaes_ES
dc.subjectVíctimas de violencia de géneroes_ES
dc.subjectOrden europea de vigilanciaes_ES
dc.subjectDereito de información da vítimaes_ES
dc.subjectVítimas de violencia de xéneroes_ES
dc.subjectOrde europea de vixianciaes_ES
dc.titleOrden europea de vigilancia y derecho de información de la víctimaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookPartes_ES
dc.rights.accessinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
UDC.startPage1495es_ES
UDC.endPage1503es_ES


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